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Tribuna
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Violencia policial en Brasil

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Fue el 2 de octubre de 1992, a las 2 de la tarde. Algunos presos del Pabellón 9 del Penitenciario Carandirú jugaban al fútbol. El pabellón albergaba a 2.069, más del doble de los permitidos, y eran vigilados por tan solo 15 guardias. Ese día, dos presos se enzarzaron en una pelea, lo que ocasionó un revuelo que los guardas solventaron devolviendo todos los reclusos a sus celdas y cerrando el acceso al corredor. Los presos, confinados, comenzaron a protestar en lo que las autoridades carcelarias pronto calificaron como motín.

La Policía Militar no tardó en llegar. Al mando del coronel, mas de tres centenares de efectivos de varios equipos de la Policía Militar, entraron en el recinto en lo que concluyó siendo una masacre. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) destacó que "en la trágica historia de masacres de que tiene memoria la Comisión, hay pocos casos de salvajismo y brutalidad comparables a lo ocurrido esa tarde en Carandirú". Asesinaron a 111 presos y 35 resultaron heridos.

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), junto con la Comisión Teotônio Vilela de Derechos Humanos, presentaron el caso ante la CIDH en 1994. Los presos de Carandirú estaban bajo la tutela del Estado y bajo esta tutela perdieron la vida. El caso empezó a ser investigado en la justicia militar sin independencia ni autonomía de la Policía Militar al investigar a sus compañeros. Aunque después pasó a la justicia común, las pruebas ya estaban dañadas.

En 2001 la CIDH determinó la responsabilidad internacional del Estado brasileño afirmando que "los disparos efectuados en las celdas eran de origen policial y estaban orientados en un solo sentido y en el ámbito de cincuenta centímetros del suelo, indicando que esos reclusos víctimas estaban arrodillados" y que "la acción de la Policía, tal como está descrita en la petición y confirmada por las investigaciones oficiales y la opinión de expertos, se llevó a cabo con absoluto desprecio por la vida de los reclusos, y demostrando una actitud retaliatoria y punitiva, absolutamente contraria a las garantías que debe ofrecer la acción policial".

A pesar del gran número de altos cargos involucrados en la masacre, sólo el coronel Ubiratan Guimaraes fue sentenciado en 2001 —pese a llevar años protegido por el privilegio de la inmunidad parlamentaria, al ser diputado estatal—, a 632 años de prisión. Tras ser apelada esta decisión, fue absuelto en febrero de 2006. Ese mismo año el coronel fue asesinado en lo que la prensa calificó como un crimen pasional.

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Los militares de bajo rango también fueron juzgados y condenados en primera instancia por un jurado popular. Sin embargo, el pasado 30 de septiembre, a dos días del 24º aniversario de esta masacre, el tribunal de apelación anuló la sentencia que vinculaba a 74 policías condenados por la muerte de los 111 presos en Carandirú, estando pendiente la decisión de tener un nuevo juicio, con la posibilidad de que todos los acusados sean considerados inocentes.

La masacre de Carandirú no es una acción aislada, la violencia continúa en las calles y en las prisiones, alimentada por la impunidad. Según el décimo informe anual del Foro Brasileño de Seguridad Pública, las personas asesinadas por la policía en 2015 han aumentado un 6,3%, pese a que las muertes en general del país han descendido un 1,2%. Esto se traduce en números a que la policía brasileña mata todos los días a 9 personas.

Los niveles de impunidad en los casos de muerte por agentes de seguridad pública son igualmente escandalosos y muestran que los administradores de justicia no están ejerciendo el control que las garantías democráticas presupone para el uso de fuerza letal por el Estado, contra los ciudadanos.

Es inaceptable que el Estado brasileño decida ignorar la relación que existe entre el elevado índice de muertes, a causa de la violencia policial, y la aquiescencia de los agentes de justicia ante esto. Más grave aún es cuando esto ocurre en casos que son procesados en los tribunales internacionales, como el de las Chacinas en el complejo de Alemão, donde la policía ejecutó a 26 jóvenes argumentando que fue en respuesta a una confrontación. Este caso en la actualidad aguarda sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Las víctimas de Carandirú, tras sufrir años de trámites, se encuentran con serios obstáculos para poder obtener justicia y sin alternativas internas de conseguirla. Es por eso que CEJIL solicitó una audiencia —en seguimiento a la decisión internacional en el caso— que tendrá lugar el 6 de diciembre, durante el Periodo de Sesiones, que está teniendo lugar en la Ciudad de Panamá.

Cuando se le cierran las puertas de la justicia interna a las victimas y a la sociedad, queda el sistema regional para proteger sus derechos.

Viviana Krsticevic es Directora Ejecutiva de CEJIL. Beatriz Affonso es Directora de Programa de Brasil de CEJIL, Center for Justice and International Law

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