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El Supremo argentino suaviza por primera vez la pena de un represor de la dictadura militar

La Corte se parte en un 3-2 a favor de aplicar una doctrina favorable al reo en delitos de lesa humanidad

Carlos E. Cué
El dictador Bignone (izq) y Muiña en el juicio contra ambos en diciembre de 2011.
El dictador Bignone (izq) y Muiña en el juicio contra ambos en diciembre de 2011.Télam

Por primera vez en la historia reciente de Argentina, un país que es un ejemplo mundial en la persecución y condena de los represores de la última dictadura militar, la Corte Suprema ha tomado una decisión que permitirá la reducción de penas por delitos de lesa humanidad cometidos en esos siete años fatidícos (1976-1983). El tribunal, que suele tomar la mayoría de sus decisiones por unanimidad, se ha roto por la mitad y ha quedado en minoría su presidente, Ricardo Lorenzetti, que lleva 10 años al frente de este organismo y siempre ha reivindicado que los juicios de lesa humanidad son una "política de Estado" en Argentina y van a seguir esté quien esté en el Gobierno. La Corte se partió en un 3 a 2 a favor de aplicar una doctrina favorable a los reos en un caso de lesa humanidad, algo que nunca había sucedido por la especial crueldad de este tipo de delitos. La doctrina se llama "dos por uno", y estuvo vigente entre 1994 y 2001, hasta que fue derogada, y permitía a los delincuentes, a partir del segundo año, computar doble cada día que pasaran en prisión sin sentencia.

Se trata de un caso puntual, el de Luis Muiña, condenado a 13 años por la participación en una operación, comandada personalmente por el represor Reynaldo Bignone, en la que fueron secuestrados y torturados cinco trabajadores del Hospital Posadas. Muiña no es un hombre fundamental de la dictadura, pero el temor entre las organizaciones es que este sentencia abra paso a que muchos otros represores puedan salir de la cárcel gracias a la doctrina del dos por uno. En Argentina hay más de 2.000 personas imputadas por distintos delitos de lesa humanidad y más de 700 condenadas, la mayoría de ellas, si no han fallecido, siguen en prisión. Incluso el régimen de arresto domiciliario es muy polémico y se concede en pocas ocasiones. Jorge Rafael Videla, por ejemplo, murió en la cárcel a los 87 años.

Fuentes jurídicas señalan que al ser una sentencia dividida, por 3 a 2, tiene menos fuerza a la hora de sentar jurisprudencia, por lo que la batalla jurídica no está cerrada y habrá que ver con el tiempo qué consecuencias tiene. Muiña sí saldrá de la cárcel gracias a esta sentencia.

La decisión provocó una fuerte polémica. "Forma parte de una avalancha de cosas con las que tratan de limpiarle la cara a los represores. Se parece bastante a los indultos de Menem", sentenció Adolfo Pérez Esquivel, premio Nobel de la Paz precisamente por su lucha contra la dictadura. "Estoy muy mal con el 2x1 que acaba de autorizar la Corte", lamentó la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto. "El Gobierno quiere borrarnos de la historia para construir la suya", lanzó la titular del organismo que encabeza la búsqueda de bebés robados por la dictadura. Después de los indultos de Menem en los 90, muy polémicos, y la ley de punto final, Argentina dio un giro de 180 grados y en los últimos años, especialmente con la llegada al poder de los Kirchner, convirtió la persecución de estos crímenes en un asunto prioritario con un enorme consenso social, tanto que el Gobierno de Mauricio Macri insiste en que no quiere cambiar nada de esa política aunque los organismos de derechos humanos le acusan de haberla suavizado.

En las explicaciones de los votos de cada uno de los cinco miembros de la Corte, que este tribunal hizo públicas, queda clara la profundidad del debate en un país que vive muy pendiente de todo lo que tenga que ver con los juicios a la dictadura, que son seguidos por miles de personas en las calles con aplausos y vítores cada vez que se produce una nueva condena, como sucedió recientemente con los responsables del plan Cóndor. Dos de los tres jueces que votaron a favor llegan a decir que "la mejor respuesta que una sociedad respetuosa de la ley puede darle a la comisión de delitos de lesa humanidad, y la única manera de no parecerse a aquello que se combate y se reprueba, es el estricto cumplimiento de las leyes y de los principios que caracterizan el Estado de Derecho". "Un Estado de Derecho", señala el juez Rosatti, que votó a favor de conceder estos beneficios, "no es aquel que combate a la barbarie apartándose del ordenamiento jurídico sino respetando los derechos y garantías que han sido establecidos para todos, aun para los condenados por delitos aberrantes. La humanidad contra la cual fueron cometidos estos crímenes exige del Estado de Derecho la necesaria imparcialidad en la aplicación de las leyes referidas a su juzgamiento, pues de lo contrario se correría el riesgo de recorrer el mismo camino de declive moral que se transitó en el pasado".

Por el contrario, los jueces que pretendían mantener la doctrina de que este tipo de beneficios no se aplicaran a los delitos de lesa humanidad son también tajantes, y señalan que la persecución de los crímenes de lesa humanidad en Argentina "es una política de estado, afirmada por los tres poderes, en diversas épocas, de modo que constituye parte del contrato social de los argentinos. Que es por esta razón que es necesario calificar este caso, en primer lugar, como un aspecto de los delitos de lesa humanidad. Respeto de esta categoría este Tribunal ha señalado que no hay posibilidad de amnistía, ni de indulto, ni se aplica a ellos el instituto de la prescripción. Por lo tanto, la ejecución de la pena, es, claramente, parte del concepto normativo antes descripto, y una interpretación de la ley no puede llevar a una frustración de la finalidad persecutoria en este campo".

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