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Un tribunal congela la destitución del alcalde de Bogotá

El Consejo de Estado decidirá si fue legal la sanción de la Procuraduría a Gustavo Petro por irregularidades administrativas

Gustavo Petro, el 13 de enero en Bogotá.
Gustavo Petro, el 13 de enero en Bogotá.M. D. CASTAÑEDA (EFE)

Cuando Gustavo Petro empezaba a despedirse de la alcaldía de Bogotá por cuenta de la sanción que lo destituyó e inhabilitó para ejercer cargos públicos por 15 años, impuesta por la Procuraduría General en diciembre por supuestas irregularidades en el proceso de desprivatización de basuras de la capital colombiana, este jueves se ha encontrado con un salvavidas que de momento ha detenido el proceso. El Tribunal del departamento de Cundinamarca ha decidido a su favor dos tutelas -presentadas por ciudadanos- que han dejado sin piso por ahora la sanción. Ahora será el Consejo de Estado el que deberá pronunciarse sobre si esa decisión fue legal o no.

El fallo sobre una de esas dos tutelas recrimina la sanción de la Procuraduría por considerar que sustituye el control político al que tienen derecho los electores. “La sala protegerá el derecho fundamental al control político con la finalidad de que el 2 de marzo de 2014 se realice por parte de la Registraduría Nacional la consulta popular con fines de revocatoria de mandato del alcalde mayor de Bogotá”, señala la decisión.

La revocatoria, impulsada por un diputado de la derecha, es un proceso contra Petro que ya estaba en marcha pero que quedó en vilo en el momento en el que la Procuraduría destituyó al alcalde. Petro y sus seguidores tienen puestas sus esperanzas en que el revocatorio fracase, ya que es muy posible que se hunda por falta de participación. La ley exige en este caso que participen 1.200.000 votantes.

Con respecto al fallo de la Procuraduría, el Tribunal sostiene que los derechos políticos están por encima de las decisiones disciplinarias. Este ha sido uno de los argumentos que ha defendido Petro para cuestionar su sanción, ya que a su juicio una autoridad administrativa como la del Procurador General, Alejandro Ordóñez, no puede destituir a un funcionario elegido por voto popular.

El tribunal considera que la Procuraduría está tocando un área que corresponde a la política

Así las cosas, aunque el Tribunal reconoció que la Procuraduría tiene la potestad de destituir a funcionarios, también dijo que “suspenderá transitoriamente los efectos jurídicos de este acto disciplinario hasta que la jurisdicción contenciosa administrativa se pronuncie frente a la legalidad del acto”.

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Expertos colombianos consultados por diferentes medios consideran que con esta decisión el alcalde podría ganar unos cuatro meses más en su cargo hasta que el Consejo de Estado, la instancia última en materia disciplinaria, lo revise. La Procuraduría ya anunció que impugnará el fallo del Tribunal de Cundinamarca. 

Con esto, si el proceso de confirmación del fallo llega a darse en junio, ya no habría necesidad de convocar a elecciones anticipadas porque las Constitución colombiana establece que de haber una vacancia antes de 18 meses de terminar su mandato, el partido que eligió al alcalde podrá enviar una terna al Presidente para sustituirlo hasta que se realicen nuevos comicios.

La segunda tutela, que también favoreció al regidor de Bogotá, sustentó su decisión en la necesidad de “amparar de manera transitoria los derechos fundamentales constitucionales políticos de elegir y ser elegido”.

Por su parte, Gustavo Petro celebró la decisión y escribió en su cuenta de Twitter: “Tenemos una victoria democrática transitoria pero valiosa. La Justicia y la Multitud detienen la Tiranía. Viva la Paz y la Democracia”.

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