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Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

El caso de Bernardo Abán Tercero

La activista firma un duro alegato contra la condena a muerte en Texas de un preso nicaragüense diagnosticado de varios trastornos mentales

El caso de Bernardo ha estado lleno de errores. Ha contado con una representación legal penosa y nunca ha tenido verdadera oportunidad de presentar pruebas de factores atenuantes para evitar la condena a muerte. El doctor Antolín Llorente ha diagnosticado que padece paranoia, delirios y disasociaciones mentales, alucinaciones activas, auditivas y visuales, psicosis y depresión.

Si el Estado de Texas cumple la sentencia, Bernardo será el primer nicaragüense ejecutado en Estados Unidos. Yo quiero salvar su vida, como compatriota y como embajadora de buena voluntad del Consejo de Europa para la Abolición de la Pena de Muerte.

He puesto en marcha una petición para que el gobernador Abbott suspenda la ejecución y le conceda el indulto. La suspensión dará a sus abogados tiempo para investigar a fondo si tiene capacidad para morir ejecutado y proporcionarle la atención psiquiátrica y médica que necesita.

Si el Estado de Texas cumple la sentencia, será el primer nicaragüense ejecutado en EEUU

A pesar de que Bernardo Abán Tercero pidió expresamente hablar con el consulado de Nicaragua y aunque las autoridades de Texas conocían su condición de ciudadano extranjero, le negaron un derecho que le otorga el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. Según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Artículo 36 provee una de las “garantías mínimas esenciales para que los ciudadanos extranjeros tengan la oportunidad de preparar de forma adecuada su defensa y contar con un juicio justo”.

En un informe del 18 de agosto de 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos afirma que Estados Unidos ha violado los derechos fundamentales de Abán Tercero. Solicita que Estados Unidos, y en concreto Texas, “respete como es debido y por completo sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos” y suspenda la ejecución. Insta al Estado de Texas a conceder a Bernardo “medidas reales de alivio, como la revisión de su juicio de acuerdo con las garantías legales y de juicio justo establecidas en la Declaración Americana [de Derechos Humanos]”. La conclusión del informe es que, “si el Estado de Texas lleva a cabo esta ejecución, cometerá una violación grave e irreparable del derecho esencial a la vida reconocido en el artículo 1 de la Declaración Americana”. La Comisión concluye también que “durante el proceso contra Bernardo Abán Tercero, su abogado de oficio cometió graves errores que perjudicaron su derecho a la defensa, sobre todo teniendo en cuenta las normas aplicables en un caso que implica la pena de muerte. La Comisión ha determinado asimismo que Abán no tuvo la posibilidad de que se revisara su sentencia debido a las limitaciones impuestas por las leyes federales y la interpretación de los tribunales nacionales”.

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Investigación negligente

Abán fue condenado a muerte por asesinato en 2000 y ha pasado los últimos 15 años en prisión

Bernardo Abán Tercero fue declarado culpable del asesinato de Robert Berger en Houston (Texas) el 31 de marzo de 1997. Fue condenado a muerte el 13 de diciembre de 2000 y ha pasado los últimos 15 años en prisión.

Según un informe de Human Rights First, no existe ninguna documentación completa del proceso de Bernardo porque sus abogados anteriores no examinaron debidamente las primeras etapas de su caso. Durante la fase anterior al juicio, sus abogados defensores, Gilbert Villarreal y John Denniger, no presentaron una defensa coherente. No llevaron a cabo una investigación exhaustiva sobre posibles atenuantes, como los problemas de salud mental. No examinaron su caso hasta la víspera del juicio e incluso entonces no dedicaron más que unos días a una mínima exploración.

Después de que le condenaran a muerte, se designó a Sid Crowley y Richard Wheelan para que le representaran en su recurso. Tampoco ellos investigaron ni pusieron en duda el comportamiento del abogado anterior. El periódico de Austin American Statesman sitúa a estos dos abogados entre los cinco peores especialistas en pena de muerte en Texas.

El recluso padece graves problemas mentales que deberían obligar a suspender la ejecución

Bernardo Abán Tercero padece graves problemas mentales, pero, a pesar de su petición expresa, sus abogados anteriores no examinaron a fondo ni su salud psicológica ni su capacidad cognitiva.

Según la evaluación realizada recientemente por el doctor Llorente a instancias de sus abogados actuales, Michael Carlton y Walter Long, existe un historial de enfermedades mentales graves en su familia, incluida la esquizofrenia. Un familiar ha contado que Bernardo recibía malos tratos de su padre biológico, que sufría “retraso mental severo”. El hombre golpeaba a Bernardo con la culata de una pistola que llevaba siempre encima. Le sacaba a rastras de la escuela y le llevaba a bares y prostíbulos, donde le obligó a mantener relaciones sexuales desde que tenía ocho años.

En la cárcel, a Bernardo le han recetado diversos medicamentos de forma esporádica: Celexa para la ansiedad y el estrés (2011-2013), Zoloft y Risperidone para la psicosis (febrero de 2014) y Perphenazine, un potente antipsicótico (octubre 2014-enero 2015). Según el médico, “extraña la ausencia de una valoración de conjunto y de un tratamiento prolongado adecuado en ciertas etapas de su vida y durante partes de su estancia en prisión, dado que es un individuo con antecedentes de delirios y episodios psicóticos que exigen el uso de poderosos medicamentos para tratar sus síntomas. Su historial y dichos síntomas deberían haber obligado a evaluarlo y tratarlo antes de su examen actual y antes de la desgraciada muerte del señor Berger”.

El 19 de agosto, los abogados de Bernardo presentaron un recurso para que se determine su competencia y otra para la suspensión o modificación de su ejecución, basándose en su largo historial de enfermedad mental y en el diagnóstico del doctor Llorente. Las enmiendas octava y decimocuarta de la Constitución de Estados Unidos establecen que una persona que carece de la comprensión racional del motivo de su ejecución no puede ser ejecutada. El Tribunal Supremo lo confirmó con un fallo que subrayaba que “el conocimiento por parte del preso del argumento del Estado para la ejecución no es lo mismo que su comprensión racional”.

Contra la Constitución

En 2002, el Tribunal Supremo dictó, en Atkins v. Virginia, que es anticonstitucional ejecutar a personas con enfermedades mentales. A pesar de ese fallo, Texas ha ejecutado a un mínimo de 25 personas con diagnósticos documentados de esquizofrenia paranoide, trastorno bipolar y otras enfermedades mentales graves y persistentes. Muchos habían buscado tratamiento antes de cometer sus crímenes pero se les negó una atención a largo plazo.

Bernardo no es ningún peligro para la sociedad. Según el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “los agentes de las fuerzas del orden testificaron, durante su detención en espera de juicio, que el señor Tercero no tenía ningún expediente disciplinario por conducta agresiva o violenta”.

Durante el huracán Mitch, uno de los más letales y destructores que ha habido en Nicaragua, Bernardo ayudó a salvar vidas. Como describió Ángela del Rosario Mayorga: “Oí un ruido y tembló la tierra, la gente gritó y salió corriendo. Había una avalancha terrible desde el volcán Casita. Traté de huir, pero era imposible. Todo el pueblo estaba enterrado bajo piedras y barro en cuestión de minutos, y perdí el conocimiento. Cuando me desperté, no podía moverme, tenía el cuerpo atrapado. Al cabo de dos horas nos encontraron unos campesinos, pero nadie se atrevió a acercarse por miedo a que el barro se lo tragara, hasta que un voluntario llamado Bernardo Tercero vino y me rescató atado a una cuerda. Hace dos años me enteré por su madre de que le habían condenado a muerte... Creo que ese chico merece una sentencia más justa que no es la de muerte”.

El relato de Ángela es una de las ocho declaraciones juradas de personas a las que Bernardo salvó durante el huracán.

Incluso alguien que apoye la pena de muerte debe estar de acuerdo con el Tribunal Supremo en que “la pena de muerte está llena de arbitrariedades, discriminaciones, caprichos y errores” y “debe aplicarse con justicia y con una coherencia razonable, o no aplicarse”. Este es el motivo por el que solicito al gobernador Abbott que conceda la suspensión de la ejecución y el indulto a Bernardo Abán Tercero.

Bianca Jagger es presidenta y directora de la Bianca Jagger Human Rights Foundation; embajadora de buena voluntad del Consejo de Europa; embajadora del Desafío de Bonn de la UICN; titular del Centre for International Governance Innovation y miembro del Consejo de Directores Ejecutivos de Amnesty International USA.

Traducción de María Luisa Rodríguez Tapia

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