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El campo colombiano logra frenar la explotación minera en los páramos

La Corte Constitucional tumba varios artículos del Plan Nacional de Desarrollo, un varapalo al Gobierno

Sally Palomino
Parque Nacional de Chingaza, en Colombia.
Parque Nacional de Chingaza, en Colombia.SAMUEL SÁNCHEZ

Luz Perly Córdoba sabe muy bien lo que es ver un pueblo desaparecer. La explotación petrolera en La Reinera (Arauca), en el oriente de Colombia, donde ella nació hace 44 años, hizo cambiar en unos años el curso del río Arauca. Hace unos meses la población, de no más de 200 casas, fue declarada en alerta roja. Varias familias perdieron el techo y sus cultivos. Luz Perly cuenta la historia para explicar por qué es una de las líderes campesinas que está detrás de una demanda cuya respuesta ha sorprendido estos días al Gobierno. Su queja en defensa del medio ambiente llegó hasta la Corte Constitucional, que ha decidido echar para atrás varios artículos del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, que autorizaba proyectos de explotación minera y petrolera en los páramos.

La determinación de la Corte no es la solución al problema de La Reinera, que sigue quedando vacía ante el inminente riesgo, pero sí demostró, dice ella, que a través de mecanismos judiciales, decisiones del Gobierno pueden debatirse y sepultarse. Esta vez, fueron los páramos y las comunidades que viven cerca los beneficiados. La batalla que en junio de 2015 empezaron campesinos respaldados por el partido de izquierda Polo Democrático, encabezado por el senador Iván Cepeda, se originó porque vieron que el Plan de Desarrollo, propuesto por el Gobierno, ponía en riesgo el ecosistema, el agua, la vida de los campesinos.

El Plan que, pese a la oposición del Polo, fue aprobado por mayoría en el Congreso, establecía que los proyectos mineros que contaran con licencias desde antes de febrero de 2010 y los de hidrocarburos que las tuvieran desde antes de junio de 2011 podían seguir operando, pese a la prohibición que existe de explotar esas áreas. “Eso quería decir que el tema económico estaba por encima del bienestar de las personas, que el equilibrio de la naturaleza. Argumentaban que había un derecho adquirido para que siguieran explotando”, explica Córdoba.

Al llegar la demanda a la Corte, los magistrados hicieron lo que el Polo no logró en el legislativo. Tumbaron ese punto y decretaron que dichos proyectos debían cerrarse sin importar la fecha en que se hubieran iniciado. El argumento para la decisión es el mismo que en palabras menos técnicas señala la líder: “El daño ecológico que generan”.

En el texto presentado ante la Corte, los demandantes hacían un repaso numérico. Señalaban que existen 448 títulos mineros en 26 de los 32 páramos con los que cuenta Colombia. Decían además que esas concesiones mineras en páramos tienen más de 118.000 hectáreas, de las cuales más de 11.000 están afectadas por cuatro proyectos petroleros. “Este es un grave atentado contra los recursos naturales, especialmente contra el derecho al agua, que es un derecho fundamental de cualquier ser humano”, aseguraba el senador Iván Cepeda en junio del año pasado al presentar la demanda.

Víctimas, en primer lugar

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También pedían a los magistrados que se declarara la ilegalidad de los artículos que reglamentaban los denominados Proyectos de Interés Estratégico Nacional (PINE) y que establecían que donde se fueran a desarrollar fuera difícil llevar a cabo procesos de restitución de tierras a las víctimas del conflicto. En la actualidad existen 68 proyectos PINE en todo el país. Al respecto, la Corte también les dio la razón y aseguró que las víctimas están primero que los proyectos estratégicos del Gobierno y que estos no podrán interponerse ante los procesos de restitución.

“El tema del campo debe ser un debate nacional. Es triste saber que tiene pasar por instancias jurídicas para que se haga notar, para que se respete”, dice Córdoba. Confiesa que aunque sabían que tenían razones para ganar la pelea no creían que les fueran a dar la razón. “Durante años hemos visto cómo los intereses económicos están por encima del agro, nos sorprende gratamente ver que por fin están atendiéndonos a nosotros, la minoría”.

Córdoba también habla de las facultades que los entes regionales habían perdido con el Plan de Desarrollo. Recuerda que se pretendía que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) fuera la única instancia por donde pasaran y se aprobaran los permisos ambientales para llevar a cabo los PINE. Ahora, según la Corte, la prioridad para tomar estas decisiones debe estar en manos de las autoridades locales.

“Se estaba violando la Constitución porque se le quitó el poder a las regiones para decidir sobre el uso del suelo al dársele a las instancias nacionales. A personas que ni siquiera conocen lo que pasa en esos rincones del país donde se pretendían adelantar esos proyectos”, dice Córdoba, que aunque celebra el fallo de la Corte Constitucional, sigue lamentado que el lugar en donde nació esté desapareciendo, según ella, por estar cerca de uno de los campos petrolíferos más grandes del país.

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Sobre la firma

Sally Palomino
Redactora de EL PAÍS América desde Bogotá. Ha sido reportera de la revista 'Semana' en su formato digital y editora web del diario 'El Tiempo'. Su trabajo periodístico se ha concentrado en temas sobre violencia de género, conflicto armado y derechos humanos.

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