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El Supremo de Venezuela declara en desacato al parlamento

El Gobierno de Nicolás Maduro declaró nulos todos los actos del parlamento venezolano

El presidente de Venezuela Nicolás Maduro.
El presidente de Venezuela Nicolás Maduro.FEDERICO PARRA (AFP)
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El toma y daca entre la Asamblea Nacional de Venezuela, dominada por la oposición desde enero pasado, y el resto de los poderes del Estado que permanecen fieles al chavismo se agudizó el lunes en la noche cuando el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró en desacato al parlamento y nulos los actos que este complete a partir del jueves de la semana pasada.

Ese día, la Asamblea Nacional incorporó al pleno parlamentario a los tres diputados -dos de ellos de oposición- por el estado de Amazonas (sur del país) que no habían podido asumir sus cargos en enero por una impugnación del resultado electoral presentada ante el TSJ por el oficialismo. Los representantes del Gobierno que recurrieron ante el Tribunal aducen que en esa jurisdicción se cometieron actos de coacción y compra del voto por parte del mandatario regional, Liborio Guarulla, de la oposición.

Los escaños en cuestión completaban la mayoría absoluta de dos tercios del hemiciclo que la oposición había conquistado en las urnas durante las elecciones parlamentarias de diciembre. Después de siete meses sin que el máximo tribunal resolviera el asunto, la directiva parlamentaria decidió ocupar esas curules.

La Sala Electoral del TSJ determinó que "carece de validez, existencia y eficacia jurídica" el acto de juramentación e incorporación de Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana como diputados "por violación flagrante del orden público constitucional", y anunció que podría activar acciones legales contra los diputados y la junta directiva del parlamento por su desacato.

En días anteriores habían emitido opiniones similares el Procurador General –abogado del Estado- y el Contralor General –veedor anticorrupción-.

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El propio presidente Nicolás Maduro se pronunció sobre la decisión el lunes por la noche. Aseguró que con su desempeño el parlamento "se autodisolvió" y que ese desenlace se debía a la contumacia de Henry Ramos Allup, el presidente de la Asamblea, quien en solo seis meses habría logrado el mismo desprestigio del Poder Legislativo que "en 40 años consiguieron Acción Democrática y Copei", refiriéndose a los partidos hegemónicos de la democracia venezolana entre 1958 y 1998. "Como Jefe de Estado, yo repudio y rechazo las acciones del golpe parlamentario contra el Poder Judicial que ha hecho Henry Ramos Allup la semana pasada", declaró durante un acto transmitido por televisión desde la Academia Militar de Caracas.

Este veredicto del TSJ se difundió apenas minutos después de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) diera luz verde -pero no la fecha exacta- para la recolección del 20% de las firmas del padrón electoral nacional que servirían para convocar un referendo revocatorio contra Maduro. El anuncio se considera un triunfo institucional de la oposición, obtenido tras un largo pulso con el organismo electoral –contralado por el Gobierno- y a contrarreloj.

La normalización de las relaciones entre los Poderes del Estado es uno de los puntos incluidos en la agenda previa para las rondas de diálogo entre Gobierno y oposición que intentan promover una terna de expresidentes iberoamericanos conformada por Martín Torrijos (Panamá), Leonel Fernández (República Dominicana) y José Luis Rodríguez Zapatero (España), junto a la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), hasta ahora sin éxito.

Desde que en enero pasado se conformó la Asamblea Nacional con mayoría absoluta de la oposición, el chavismo ha utilizado de manera sistemática fallos del TSJ para bloquear las leyes y resoluciones aprobadas por el Legislativo. En el caso de los escaños vacantes de Amazonas, la bancada opositora llegó a la conclusión de que el largo mutismo del Supremo se debe a una maniobra de obstrucción. Sin embargo, el TSJ defendía en un comunicado emitido la semana pasada que ha cumplido con los plazos establecidos por la ley y asegurado "el cumplimiento de las garantías constitucionales de acceso a la jurisdicción, tutela judicial efectiva y debido proceso a todos los intervinientes en la causa judicial en referencia".

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